Parafamilias con dos o más descendientes e ingresos reducidos: • Base imponible igual o inferior a 24.000 €. • Deducción del 10% sobre la C.I. Autonómica. Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación: • Deducción del 20% de las cantidades invertidas con el
Esdecir, en los tres primeros años de vida del menor o posteriores a la adopción. La cantidad aumenta si se trata de un nacimiento o adopción múltiple. Los condicionantes para poder acceder a esta deducción autonómica en Madrid es que los ingresos declarados no superen los 30.000 euros si la declaración es individual yYP3T.